COMO DECLARAR EL IVA EN LA EMISION DE FACTURAS A LAS ISLAS CANARIAS

Publicado el 09/01/2025

Cuando una empresa ubicada en la península española vende productos o servicios a clientes en las Islas Canarias, el tratamiento del IVA puede resultar un tanto confuso debido al régimen fiscal especial de este territorio. En este artículo, exploraremos cómo emitir facturas correctamente en estas situaciones y aclararemos las diferentes posibilidades que existen. 

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EL REGIMEN FISCAL DE CANARIAS Y EL IGIC 

Las Islas Canarias tienen un régimen fiscal diferente al del resto de España. Allí no se aplica el IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) sino el IGIC (Impuesto General Indirecto Canario). Esto significa que las operaciones entre la península y Canarias están consideradas exportaciones/importaciones a efectos fiscales.   

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¿QUE IMPLICA PARA TU EMPRESA? 

1. Venta de bienes a Canarias  

Cuando vendes productos a un cliente ubicado en Canarias:   

–  No debes incluir IVA en la factura: Estas ventas se consideran exportaciones y están exentas de IVA según el artículo 21 de la Ley del IVA.   

–  Incluye en la factura una mención específica: Por ejemplo, puedes añadir “Operación exenta de IVA según el artículo 21 de la Ley del IVA”.   

–  Declaración de estas operaciones:   

  – Registra las exportaciones en el modelo 303 (Declaración de IVA).   

  – Inclúyelas en el modelo 349 si se trata de una venta intracomunitaria y el cliente tiene NIF intracomunitario.   

  – Para exportaciones definitivas, es necesario tramitar un DUA (Documento Único Administrativo) ante la Agencia Tributaria.   

2. Prestación de servicios a Canarias   

 Servicios sujetos al IVA en la península 

– Regla general: Si el cliente es un particular, los servicios estarán sujetos a IVA, ya que el lugar de prestación se considera España (península).   

– Empresas o profesionales: Si el cliente es una empresa o profesional con residencia en Canarias, la operación estará fuera del ámbito del IVA español. Deberás reflejarlo en la factura con una nota como: “Operación no sujeta a IVA por el artículo 69 de la Ley del IVA”.   

Servicios específicos (consultoría, asesoramiento, etc.)  

Para ciertos servicios, como los de consultoría o los electrónicos:   

– Si el destinatario es una empresa canaria: No se aplica IVA.   

– Si el destinatario es un particular canario: Debes aplicar el IVA correspondiente, ya que la prestación se considera realizada en la península.   

3. Operaciones triangulares 

  Si intervienen más de dos empresas en la operación, el tratamiento del IVA dependerá de las particularidades de la transacción y del lugar en el que las mercancías cambian de propietario. Asegúrate de documentarlo correctamente y de consultar con asesores expertos en la materia para evitar errores. 

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ERRORES COMUNES AL EMITIR FACTURAS A CANARIAS 

1. Incluir IVA en las facturas de exportaciones: Las ventas de bienes a Canarias están exentas de IVA.   

2. No justificar la exportación: Debes contar con el DUA y otros documentos que acrediten que la mercancía ha salido de la península.   

3. No detallar la exención en la factura: Es obligatorio incluir una referencia legal sobre la exención del IVA.   

Resumen de Obligaciones para la Empresa de la Península 

1. Emitir factura sin IVA cuando corresponda.   

2. Incluir menciones legales en la factura.   

3. Declarar las operaciones en los modelos 303, 349 y en el DUA, si aplica.   

4. Consultar con un asesor fiscal en caso de operaciones más complejas.   

Emitir facturas correctamente en operaciones con Canarias no tiene por qué ser complicado si sigues estos pasos y conoces la normativa aplicable. Asegúrate siempre de contar con asesoramiento especializado como puede ser el ofrecido por MC ACIAM ASESORES para cumplir con todas las obligaciones fiscales.   

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¿Tienes alguna duda o necesitas más información? 

CONSULTA CON NUESTROS ASESORES DESDE NUESTRA WEB  

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Publicado por Mª Carmen Ortiz

Asesora en MC ACIAM ASESORES

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