DEDUCCION DEL COMBUSTIBLE Y GASTOS ADHERIDOS AL VEHÍCULO PARA AUTONOMOS: ACTIVIDADES, IMPUESTOS, REQUISITOS

Publicado el 11/09/2024

Una de las preguntas más comunes entre los autónomos es si pueden deducirse el combustible de sus vehículos o sus gastos adheridos (reparaciones, cambios de ruedas, ITV…) Optimizar los gastos deducibles es esencial para mejorar la rentabilidad de cualquier negocio, pero las normas sobre la deducción de estos gastos dependen de varios factores clave. A continuación, os explico en qué casos y sobre qué impuestos puedes deducirlos, además de los requisitos que debes cumplir para hacerlo correctamente.

¿CUANDO PUEDEN LOS AUTONOMOS DEDUCIRSE EL COMBUSTIBLE?

Como autónomo, puedes deducir el gasto en combustible solo en ciertas situaciones, y la clave está en la actividad que ejerzas además de poder demostrar que el vehículo se utiliza para la actividad económica.

 Dependiendo del tipo de actividad que realices y el uso que le des al vehículo, las posibilidades de deducción varían.

Las actividades que se pueden deducir al 100% de los gastos de carburante y su mantenimiento tanto en IRPF como en IVA son las siguientes:

– TRANSPORTE DE VIAJEROS

– TRANSPORTE DE MERCANCÍAS

– FORMACION DE CONDUCTORES (autoescuelas)

– AGENTES COMERCIALES

– SERVICIOS DE VIGILANCIA

Fuera de estas actividades no es posible deducir el gasto en el IRPF, con independencia de que este sea un gasto imprescindible para llevar a cabo la actividad profesional, pero sí es posible la deducción del 50% de la cuota de IVA en aquellos casos donde el vehículo sea necesario para la realización de la actividad, es decir, sea de uso profesional.

 ¿COMO DEBEMOS TENER JUSTIFICADOS LOS GASTOS?

Para poder deducir el combustible en tu declaración de IRPF y/o IVA y además evitar ante una inspección de Hacienda que ésta te suprima la deducción realizada de estos gastos, es fundamental cumplir con un buen registro de los mismos y tenerlos debidamente justificados.

1. **Factura válida**: El gasto en combustible debe estar justificado mediante facturas. Los tiques no son válidos, por lo que debes solicitar siempre una factura que incluya tus datos fiscales (NIF), fecha de emisión, datos del proveedor, la matrícula del vehículo, descripción del bien o servicio adquirido y el desglose del tipo de IVA.

2. **Afectación del vehículo a la actividad económica**: Debes poder justificar que el vehículo está afecto a tu actividad. En el caso de uso mixto (personal y profesional), debes demostrar el porcentaje de uso profesional frente al uso personal. Algunas maneras de hacerlo son llevando un registro del kilometraje o del uso diario del vehículo.

3. **Documentación**: Además de las facturas, es recomendable contar con una contabilidad clara que refleje todos los gastos relacionados con el combustible y otros gastos de vehículos, como el mantenimiento o el seguro. Además del recibo del pago con tarjeta.

¿CUANDO NO ES POSIBLE DEDUCIR EL COMBUSTIBLE NI GASTOS ADHERIDOS AL VEHICULO?

Existen ciertos casos en los que no es posible deducir el combustible:

– **Uso exclusivamente personal**: Si el vehículo es de uso privado y no está vinculado a tu actividad profesional, no puedes deducir el combustible ni ningún otro gasto relacionado con el coche.

– **Falta de justificación**: Si no puedes demostrar que el vehículo está relacionado con tu actividad profesional o no tienes facturas adecuadas, Hacienda podría rechazar la deducción.

– **Vehículos de turismo**: Si el vehículo es de turismo aunque lo utilizas tanto para el trabajo como para tu vida personal, Hacienda deniega la deducción total o parcial del combustible y gastos adheridos al mismo, solo podrán deducirse vehículos como furgonetas o vehículos mixtos en aquellas actividades que no están encuadradas dentro de la deducción del gasto al 100%.

CONCLUSION 

Los autónomos pueden deducir el combustible en sus declaraciones de **IRPF** e **IVA**, pero siempre dentro de los límites que establece la ley y dependiendo del uso del vehículo. Si el coche está afecto exclusivamente a la actividad económica, la deducción puede ser total. En caso de uso mixto, la deducción será proporcional al uso profesional que puedas justificar además de tener que ser un vehículo permitido por la normativa vigente.

Para evitar problemas con Hacienda, es esencial llevar un control riguroso de los gastos y contar con la documentación adecuada. Un asesor fiscal, y por supuesto desde MC ACIAM ASESORES puede ser de gran ayuda para asegurarte de que estás optimizando tus deducciones de manera legal y eficiente.

Esperamos haber solventado con esta entrada las dudas que tengáis al respecto! Déjanos más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

Publicado por Mª Carmen Ortiz

Asesora en Mc Aciam Asesores

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